DECRETO DE IGUALDAD

04.03.2019 11:49

El Consejo de Ministros del 1 de marzo del 2019 aprobó un Real Decreto-ley de medidas urgentes para la garantía de la igualdad de trato y oportunidades en el empleo y la ocupación, con el objetivo de eliminar la brecha salarial y garantizar el derecho de trabajadores y trabajadoras a la conciliación y la corresponsabilidad.

Los principales avances que se introducen son:

Equiparación de los permisos de maternidad y paternidad, personales e intransferibles de 16 semanas con un período transitorio: 8 semanas en 2019, 12 semanas en 2020 y 16 semanas en 2021. Con esta equiparación se pretende dar un paso importante en la consecución de la igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres y en la promoción de la conciliación de la vida personal y familiar y el principio de corresponsabilidad entre ambos progenitores.

Reforma del Estatuto de los trabajadores para reforzar la igualdad e remuneración entre hombres y mujeres y el derecho a la conciliación de la vida familiar y laboral. Se introduce el concepto de 'trabajo de igual valor' y se establece que la empresa llevará un registro con los valores de los salarios, al que podrán acceder los trabajadores/as a través de su representación sindical o del delegado/a de personal.

- Obligatoriedad de elaboración, negociación y, en su caso, acuerdo, de planes de igualdad para empresas de más de 50 trabajadoras/es. Se establece un plazo de tres años para que las empresas de más de 50
trabajadores/as elaboren y apliquen un plan de Igualdad, dos años para las de 100 a 150 y un año para las de 150 a 250. Hasta ahora solo era obligatorio para empresas con más de 250 trabajadores/as.

- Recuperación de la financiación de las cuotas del convenio especial de los cuidadores no profesionales de las personas en situación de dependencia.

PERMISOS POR PATERNIDAD Y MATERNIDAD

A partir del miércoles 6 de marzo de 2019 los padres o segundos progenitores (parejas del mismo sexo) tendrán derecho a 8 semanas de permiso de paternidad. Las seis primeras serán obligatorias (como las de la madre) e inmediatamente posteriores al parto o la adopción y las restantes (dos en el caso de los padres) podrán disfrutarse seguidas en cualquier momento del primer año de vida de la criatura. La madre tendrá seis semanas obligatorias posteriores al parto y otras diez a tomar en los primeros doce meses. Las madres podrán ceder cuatro de sus semanas a la otra persona (hasta ahora podía transferir las diez).

En 2020, los padres tendrán 12 semanas de permiso: seis obligatorias y seis voluntarias. Para la madre, seguirá igual: seis obligatorias y diez voluntarias. Eso sí, ese año, la parte de las semanas voluntarias que la madre puede transferir al padre baja de las cuatro semanas a dos.

En 2021 se completará la equiparación de permisos y el cambio de modelo: ambos progenitores tendrán 16 semanas (seis obligatorias y diez voluntarias, el esquema actual para las madres) y ya no habrá posibilidad de que las madres cedan parte de sus semanas al padre. Los permisos serán derechos individuales
que no podrán transferirse. Como desde este mismo año, las seis primeras semanas serán necesariamente inmediatas al parto o la adopción, y las madres y padres podrán decidir en qué momento tomar las diez semanas restantes. Podrán hacerlo en cualquier momento del primer año de vida del bebé y podrán cogerlos
de forma simultánea o bien turnarse entre ellos.

Desde CCOO valoramos positivamente las medidas pero consideramos que son insuficientes para conseguir el objetivo de erradicar efectivamente cualquier tipo de discriminación salarial, de empleo, ocupación o resto de condiciones de trabajo, incluidas medidas de corresponsabilidad.

En cualquier caso, seguiremos demandando la puesta en marcha efectiva de los planes de igualdad y de las medidas de conciliación y corresponsabilidad.

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